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Interinos "no preferentes" de Murcia

13 septiembre 2006

El comienzo

El problema empieza cuando la Consejería de Educación de la Región de Murcia firma un acuerdo con los principales sindicatos de la Región (borm nº69 de 24 de marzo de 2004) en cual se cierran las listas de interinos.

  • ¿Qué significa ésto? Pues que la selección de personal interino para el cuerpo de maestros de la Región de Murcia se hace eligiendo a los interinos (preferentes) que pertenecen a la lista de interinos ya formada y, aunque se convoquen nuevas oposiciones, la lista "preferente" va a ser la que se utilice. Con la nueva oposición se crea otra lista: la "no preferente" de la cual se podría coger personal, siempre y cuando se haya agotado la primera.
  • ¿Qué consiguen con esto? Pues que todos los que son preferentes trabajen, aún incluso habiendo sacado menos nota en la oposición que no los no-preferentes. Consecuencia de esto es que en la siguiente oposición, esos interinos tendrán 2 puntos (si han trabajado los dos años) más que los que no trabajen, con lo cual en la fase de concurso tendrán más oportunidades, aparte de haber estado 2 años cobrando un buen sueldo, que aunque no es el tema, nunca viene mal.
  • ¿Quienes son los beneficiados? Todas las personas que por cuestión de nacimiento (fecha de nacimiento) o de suerte se han presentado a una oposición anterior a la de 2005, incluso ésos que fueron a probar suerte y no sabían lo que era una oposición y han sacado un 0 (ya lo comentaremos en otra entrada).
  • ¿Quienes son los perjudicados? Todas las personas que por cuestión de nacimiento (fecha de nacimiento) o de suerte no se han presentado a una oposición anterior a la de 2005, como por ejemplo todos los nacidos desde el año 1982 en adelante (por la sencilla razón de que no han podido cursar la carrera y que les dé tiempo a presentarse a la oposición).
NOTA: Creo que había por ahí una ley (creo que se llamaba Constitución o algo así) en la cual creo recordar que había un artículo que decía que nadie podría ser discriminado por cuestiones de nacimiento, sexo, raza, religión u opinión. En mi opinión en los cuatro últimos casos se ha conseguido que no haya discriminación, pero no se si en el caso que nos ocupa se incumple en el primer caso. Espero que algún abogado pueda aclarármelo.

2 Respuestas:

  • No estoy deacuerdo totalmente en esta afirmación de que se le haya impedido a la gente pertenecer a la lista preferente solo por razon de edad. No esq no sea cierto lo de que por haber nacido despues se este quitando el derecho a trbajar, que si es cierto, pero hay que aclarar que tambien hay otras causas de exclusión: por ej yo me presente en el 2003 (mi edad me lo permitió) suspendí las oposiciones, estuve en la lista de interinos que antes era única y cuando salio el nuevo acuerdo me sacaron de ella ( deje de existir, no aparecia en ningun sitio) porque, os explico!!!no habia trabajado desde el 2003 con la consejería (que culpa tenia yo que no me hubiera llegado la puntuación).Sin embargo otra gente que tb habia suspendido por haber trabajado alguna vez en su vida en la consejería si se mantenian en la lista. en 2005 me volvi a presentar y me pusieron ne la no preferente. o sea que se le niega trabajar a los que no se les permite presentarse a al oposicion antes de 2005 y a los que aun presentandose antes de 2005, no han trabajado hasta essa fecha (que culpa tenemos de estar en el paro!)

    By Anonymous Anónimo, at 7:14 p. m.  

  • Me consta que hay mucha gente que tampoco son preferentes por no haber trabajado antes.

    Sirva esta protesta para solucionar su situación también.

    By Blogger manu, at 9:55 a. m.  

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